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El Derecho Espa Ol En Sus Relaciones Con La Iglesia; (Obra Premiada)

El Derecho Espa Ol En Sus Relaciones Con La Iglesia; (Obra Premiada)

Paperback

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ISBN10: 1235520048
ISBN13: 9781235520044
Publisher: General Books
Pages: 72
Weight: 0.32
Height: 0.15 Width: 7.44 Depth: 9.69
Language: Spanish
Este libro historico puede tener errores numerosos, falta texto, imagenes, o un indice. Los compradores pueden descargar una copia gratuita escaneadas del libro original (sin errores) de la editorial. No se muestra. 1902 Extracto: ... XXIV Disposiciones interesantes de la ley de Enjuiciamiento civil. Acto de conciliacion.--Juicios verbales.--Idem de menor cuantia--Idem de mayor cuantia.--Jueces competentes.--Recusacion.-Ar-bitros y amigables componedores.--Juicios de testamentaria.--Declaracion de pobreza par i litigar.--Formularios. Antes de promover un juicio, a no ser de los verbales, -debera intentarse la conciliacion ante el Juez municipal- del domicilio o residencia del demandado, presentando tantas papeletas firmadas como fueren los demandados, y una mas en que se exprese -los nombres, profesion y domicilio del demandante y demandado, la pretension que se deduzca y la fecha-. Firmadas por los demandados las papeletas de citacion, compareceran unos y otros con sus hombres buenos; si alguno de ellos no compareciere ni manifestare justa causa para no concurrir, se dara el acto por intentado sin efecto, condenandole en las costas. Comenzara el demandante exponiendo su reclamacion y manifestando los fundamentos en que la apoya; contestara el demandado y podra exhibir documentos; despues podran replicar y contrarreplicar; los hombres buenos y el Juez procururan avenirlos; si no lo consiguen, se dara el acto por terminado y firmaran todos el acta; los gastos seran de cuenta del demandante; si dentro de dos anos no se promueve el juicio correspondiente, debera intentarse nuevamente la conciliacion antes de promoverlo (Enj. Civ., lib. II, tit. I). Tampoco hace falta Procurador en los juicios ver bales, ante el Juez municipal, de toda demanda cuyo interes no exceda de 250 pesetas. ...